Un Real Decreto que entrará en vigor el día 12 de mayo obligará a las empresas a registrar las horas de trabajo de las personas que tengan contratadas. Los talleres y los negocios de distribución de recambios no serán una excepción.
Según establece el artículo 10 de la nueva norma, que modifica el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, la empresa garantizará el registro diario de la jornada de trabajo, sea esta completa o parcial.
La patronal coruñesa Atreve explica que los centros deben registrar las horas de entrada y salida en un documento Excel con la firma del trabajador.
Ese documento debe permanecer en custodia de la empresa durante cuatro años para posibles inspecciones. Además, ese registro de la jornada no debe ser un perjuicio, según establece el mismo Real Decreto, para establecer medidas de flexibilización de jornada.
Este nuevo Real Decreto subsana las dudas surgidas por las diferencias de criterio entre la Inspección de Trabajo y una sentencia del Tribunal Supremo.