Es un quebradero de cabeza para muchos empresarios de la reparación de vehículos. Los vehículos abandonados en el taller suponen gastos adicionales a las facturas impagadas, ya que ocupan espacio en las instalaciones. Este problema aumentó el 29% en 2018, cuando se abandonaron más de 5.600 vehículos en talleres de toda España. Las pérdidas para el sector rondan los cuatro millones de euros.
En este sentido, y en conformidad con la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, es posible solicitar a la Jefatura Provincial de Tráfico la puesta en marcha de acciones para el correcto tratamiento residual de un vehículo abandonado en el taller.
La Administración competente en materia de gestión de tráfico podrá ordenar el traslado a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos, o desguace, para su destrucción y descontaminación, cuando un vehículo se encuentre en un recinto privado como consecuencia de una avería o accidente y su titular no lo hubiese retirado en el plazo de dos meses, según informa Fevauto Valencia.
Al efectuar la orden de traslado del vehículo, la Administración se encargará de requerir al titular del automóvil advirtiéndole que, de no proceder a su retirada en el plazo de un mes, se trasladará al desguace.
El propietario del centro de reparación, por su parte, será el responsable de solicitar a la Jefatura Provincial de Tráfico la autorización para el tratamiento residual del vehículo. Asimismo, deberá aportar la documentación que acredite haber solicitado al titular del vehículo la retirada de su recinto.
Además de en este supuesto, se puede pedir el traslado cuando hayan transcurrido más de dos meses desde que el vehículo fuera inmovilizado o retirado de la vía pública y depositado por la Administración, y su titular no hubiera formulado alegaciones.
Finalmente, también será posible cuando el vehículo permanezca estacionado por un período superior a un mes en el mismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios o le falten las placas de matrícula.
Entre la documentación necesaria para solicitar el citado tratamiento residual, es preciso rellenar la solicitud y entregarla en la Jefatura Provincial de Tráfico más próxima a su localidad. Debe incluirse la documentación que acredite la identidad del solicitante y posesión del taller (DNI, CIF…). También una copia del requerimiento civil junto con todos los documentos relacionados con la notificación al cliente, por ejemplo, la carta certificada. Finalmente, hay que acreditar la estancia en el recinto con documentos, como una orden de reparación, fotografías del siniestro, la factura….
Tras aportar toda la documentación, Tráfico remitirá al titular del vehículo un requerimiento administrativo de retirada del vehículo y, posteriormente, procederá a dictar una resolución de autorización o denegación para el tratamiento residual del vehículo.